COLUMNA DEL SENADO: Hilda Flores Escalera
*Ley de Fomento a las Actividades de la Sociedad Civil
Propongo reformar esta ley que busca la participación activa y constante de las organizaciones basada en el principio de co-participación, una sinergia entre lo público y lo privado.
Así, tenemos que la ley fomenta las diversas actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil, como son: la asistencia social, el apoyo a la alimentación popular, las cívicas, las de asistencia jurídica y las de promoción de la equidad de género, entre muchas otras.
Aquí hago una pausa, el concepto de equidad es un principio ético normativo, asociado a la idea de justicia; bajo la idea de equidad, se trata de cubrir las necesidades e intereses de personas que son diferentes, especialmente de aquellas que están en desventaja, en función de la idea de justicia que se tenga y haya sido socialmente adoptada.
Mientras que la igualdad es un derecho humano, protegido por distintos instrumentos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
Por su parte, el derecho a la igualdad y a la no discriminación se encuentra en la base del sistema internacional de protección de los derechos humanos; se trata de un derecho consagrado en distintos instrumentos internacionales.
La igualdad va de la mano del principio de la no discriminación. El derecho a la igualdad implica el derecho a la no discriminación y que se dé un trato idéntico o diferenciado a mujeres y hombres en función de sus diferencias biológicas y de las desigualdades históricas que ha habido entre unas y otros.
Por lo anterior, propongo que se reforme el texto de la ley, específicamente en el artículo 5 fracción VI, para que dentro del objeto de la ley se modifique y sean objeto de fomento aquellas organizaciones promotoras de la igualdad de género.
La importancia de utilizar un apropiado lenguaje, es el fundamento de esta iniciativa; un esfuerzo de armonización legislativa para el uso adecuado de los términos en materia de género.